Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2026
Aprueban la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, al 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2026”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 187-2022-MINEDU
Lima, 28 de abril de 2022
VISTOS, el Expediente N° UPP2021-INT-0202441, los Informes N° 00377-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 00496-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, y el Oficio Múltiple N° 00178-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; el Oficio N° 00236-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y el Informe N° 00462-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, dispone que las Políticas de Estado, en consonancia con la Visión de País, se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los planes estratégicos sectoriales – PESEM y los planes estratégicos multisectoriales – PEM; las políticas territoriales, a nivel regional y local, se concretan en los planes de desarrollo regional concertado – PDRC y planes de desarrollo local concertado – PDLC y las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales – PEI y los planes operativos institucionales – POI;
Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, N° 00053-2018-CEPLAN/PCD, Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 de la citada Guía establecen que el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; y que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros órganos que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad;
….
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, al 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2026”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación
Fuente: El Peruano